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Orden Vigente

Artículo 15. Aptitud para cobertura de provisiones técnicas de los seguros agrarios combinados.

Artículo 15 de la Orden EHA/339/2007, de 16 de febrero, por la que se desarrollan determinados preceptos de la normativa reguladora de los seguros privados. · BOE-A-2007-3524

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-02-21.

Texto consolidado

Para las entidades aseguradoras que operan en el sistema de Seguros Agrarios Combinados, regulado en la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, serán aptos para la cobertura de las provisiones técnicas correspondientes a dichas operaciones los créditos que de ellas se deriven frente a la «Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, Sociedad Anónima», hasta el importe de las mencionadas provisiones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-02-21.

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