Artículo 15. Fondo de juego.
Artículo 15 de la Orden EHA/3089/2011, de 8 de noviembre, por la que se aprueba la reglamentación básica del juego del póquer. · BOE-A-2011-17973
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-11-18.
Texto consolidado
1. El fondo de juego o bote se destina al pago de las ganancias obtenidas por los participantes en el juego.
En la modalidad de póquer cash el bote o fondo de juego estará constituido por la suma de los importes de las apuestas realizadas por los participantes durante la partida, una vez detraída la comisión establecida por el operador por la utilización de su sala.
En la modalidad de póquer de torneo, el premio o fondo de juego estará constituido por la suma de los importes destinados por los participantes a la formalización de apuestas y que son abonadas junto al importe establecido por el operador como pago por la utilización de su sala.
Será necesaria autorización de la Comisión Nacional del Juego para que el operador pueda ofrecer premios, ya sean de naturaleza económica o en especie, distintos a los establecidos en este artículo.
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- Ver la norma completa: Orden EHA/3089/2011, de 8 de noviembre, por la que se aprueba la reglamentación básica del juego del póquer.