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Orden Vigente

Artículo 15. Funciones.

Artículo 15 de la Orden APM/111/2018, de 25 de enero, por la que se aprueban los Estatutos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida "Cava". · BOE-A-2018-1853

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-02-11.

Texto consolidado

1. Corresponden al Pleno:

a) Su constitución.

b) La elección del Presidente y del Vicepresidente.

c) Declarar y proveer, por medio de los miembros suplentes, las vacantes en el Pleno, así como, en su caso, los cargos vacantes de Presidente y Vicepresidente.

d) Adoptar acuerdos relativos a los fines y funciones del Consejo Regulador.

e) Aprobar los Estatutos del Consejo Regulador y sus modificaciones, así como aprobar y modificar, en su caso, las normas internas de desarrollo de los mismos y del pliego de condiciones de la DOP «Cava». La aprobación y la modificación de los Estatutos se someterán a la aprobación administrativa del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

f) Aprobar y modificar un Código de Buenas Prácticas que garantice la imparcialidad y transparencia en el desarrollo de sus funciones públicas.

g) Aprobar los presupuestos anuales, así como las cuentas anuales del Consejo Regulador.

h) Aprobar anualmente las contribuciones económicas obligatorias a abonar por los operadores inscritos para financiar el coste de la organización y funcionamiento del Consejo Regulador.

i) Aprobar anualmente los derechos o contraprestaciones económicas a satisfacer por los operadores inscritos por la expedición o realización de certificados, visados de facturas, contraetiquetas, precintos o marchamos y servicios del Consejo Regulador.

j) Aprobar anualmente una memoria de resumen de actividades.

k) Nombrar y cesar al Secretario General del Consejo Regulador.

l) Adoptar acuerdos referentes a la adquisición y disposición de bienes superior a 50.000 euros, sin incluir los impuestos correspondientes.

m) Acordar la celebración de contratos o convenios por un importe o con un coste para el Consejo Regulador superior a 50.000 euros, sin incluir los impuestos correspondientes, siempre que se ajusten a las previsiones presupuestarias.

n) Acordar las medidas disciplinarias aplicables a los miembros de los órganos de gobierno conforme a lo previsto en los presentes Estatutos.

o) Aprobar y modificar el inventario de bienes y derechos y la relación o plantilla del personal del Consejo Regulador.

p) Adoptar acuerdos referentes al personal, a propuesta del Presidente.

q) Acordar la constitución, participación en, administración o gestión de cualesquiera entidades u organizaciones con o sin personalidad jurídica.

r) Acordar la constitución, composición y funciones así como, en su caso, la supresión de una Comisión Delegada, con delegación de funciones para resolver cuestiones de trámite o en aquellos otros casos concretos en que se estime necesario, o de Comisiones o Grupos de Trabajo de estudio, de carácter consultivo o con las misiones específicas que se les encomienden, para preparar aquellos temas que posteriormente se tratarán en el Pleno.

s) Adoptar acuerdos sobre el ejercicio de acciones judiciales o extrajudiciales, la formulación de alegaciones en expedientes, la presentación de denuncias o la interposición de recursos ante cualquier Administración pública o jurisdicción, así como el desistimiento de unas y otras, sin perjuicio de las facultades reconocidas al Presidente para los casos de urgencia.

t) Delegar o encomendar funciones y/o actuaciones así como otorgar poderes en el ámbito de sus fines y funciones. En ningún caso serán delegables las funciones de las letras a), b), c), e), f), g), h), i), j), k), n) y r) anteriores.

u) Ejercer las demás funciones que le atribuyan el ordenamiento jurídico, los presentes Estatutos, las normas internas del Consejo Regulador y el pliego de condiciones de la DOP «Cava».

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-02-11.

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