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Ley Orgánica Vigente

Artículo 15. Garantías del encargo profesional.

Artículo 15 de la Ley Orgánica 5/2024, de 11 de noviembre, del Derecho de Defensa. · BOE-A-2024-23630

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-12-04.

Texto consolidado

1. Toda persona podrá solicitar que la contratación de los servicios jurídicos de defensa se formalice por escrito en una hoja de encargo profesional o medio equivalente, en el que constará la información comprensible y accesible universalmente de los derechos que le asisten, los trámites esenciales a seguir en función de la controversia planteada y las principales consecuencias jurídicas inherentes a su decisión, así como del presupuesto previo con los honorarios y costes derivados de su actuación.

2. En dicha hoja de encargo o documento equivalente se incluirá igualmente, en caso de que se obtengan datos personales relativos al interesado, la información necesaria conforme al artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (General de Protección de Datos). El cumplimiento de dicho deber de información podrá cumplirse de la manera establecida en el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

3. El tratamiento de los datos personales obtenidos tendrá por exclusiva finalidad el ejercicio del derecho de defensa encomendado por el cliente. En ningún caso podrá procederse a un tratamiento ulterior de los datos para fines incompatibles con el fin para el cual se recogieron inicialmente los datos personales. Se exceptúan los supuestos en que el tratamiento para otro fin distinto de aquel para el que se recogieron los datos personales esté previsto en una norma con rango de ley que constituya una medida necesaria y proporcional en una sociedad democrática para salvaguardar los objetivos indicados en el apartado 1 del artículo 23, del Reglamento (UE) 2016/679.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-12-04.

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