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Ley Foral Derogada

Artículo 15. Justificación de las ayudas recibidas en virtud de los convenios de colaboración.

Artículo 15 de la Ley Foral 8/2014, de 16 de mayo, reguladora del mecenazgo cultural y de sus incentivos fiscales en la Comunidad Foral de Navarra. · BOE-A-2014-5949

Atención: Ley Foral 8/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La práctica de las deducciones y reducciones exigirá la acreditación de la efectividad del convenio de colaboración, mediante certificación expedida por la persona o entidad beneficiaria.

2. La certificación a que hace referencia el apartado anterior deberá contener, al menos, los siguientes extremos:

a) Nombre y apellidos o denominación social y Número de Identificación Fiscal tanto de la persona o entidad beneficiaria como del colaborador.

b) Mención expresa de que la persona o entidad beneficiaria se encuentra incluida en las contempladas en el artículo 4.

c) Documento público u otro documento fehaciente que acredite la celebración del convenio de colaboración.

d) Importe de la ayuda recibida en virtud del convenio de colaboración.

e) Destino que la persona o entidad beneficiaria dará a la ayuda recibida.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-05-27.

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