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Ley Vigente

Artículo 15. Autorizaciones.

Artículo 15 de la Ley 8/1996, de 27 de diciembre, de Declaración del Parque Natural de Redes. · BOE-A-1997-2522

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-01-20.

Texto consolidado

Las entidades, organismos o corporaciones que intervengan en el otorgamiento de licencias, concesiones administrativas o cualquier otra clase de autorizaciones para la ejecución de actuaciones, dentro del área territorial del parque, estarán obligados a observar el cumplimiento de las determinaciones que se deriven de lo establecido en la presente Ley y disposiciones que la desarrollan.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-01-20.

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