Artículo 15. Funcionamiento.
Artículo 15 de la Ley 7/2018, de 31 de julio, de promoción de la seguridad y la salud en el trabajo en las Illes Balears. · BOE-A-2018-13192
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-08-08.
Texto consolidado
El régimen de constitución, convocatoria, funcionamiento y adopción de acuerdos del Consejo de Dirección es el que se establece, con carácter general, para los órganos colegiados, en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público y los artículos 17 y siguientes de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
Se tomarán las medidas necesarias para que el Consejo de Dirección pueda reunirse y adoptar acuerdos, tanto de forma presencial como telemática.