Artículo 15. Aportaciones de la Junta de Extremadura.
Artículo 15 de la Ley 7/2015, de 31 de marzo, por la que se regula el Estatuto de Capitalidad de la Ciudad de Mérida. · BOE-A-2015-4328
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-08.
Texto consolidado
La condición de capital de Extremadura de la ciudad de Mérida tendrá un especial tratamiento en los presupuestos de la Comunidad Autónoma.