Artículo 15. Fauna amenazada.
Artículo 15 de la Ley 7/1995, de 21 de abril, de la fauna silvestre, caza y pesca fluvial. · BOE-A-1995-13301
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-05-05.
Texto consolidado
Se consideran especies amenazadas en Murcia:
a) Las incluidas en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas.
b) Las que se incluyan en el Catálogo de Especies Amenazadas de la Región de Murcia.
c) Las declaradas como tales en acuerdos internacionales suscritos por el Estado español.