Artículo 15. Estudio.
Artículo 15 de la Ley 6/2015, de 2 de abril, de Reconocimiento, Protección y Promoción de las Señas de Identidad del Pueblo Valenciano. · BOE-A-2015-4616
Atención: Ley 6/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Para fomentar la recuperación, revitalización y revalorización de las señas de identidad, la Generalitat y las entidades locales de la Comunitat Valenciana promoverán el estudio de sus orígenes, su vinculación con la personalidad del pueblo valenciano a lo largo de la historia, su grado de implantación geográfica dentro de la Comunitat Valenciana, su valoración económica y social y cualesquiera otros factores que permitan conocer con mayor precisión su trascendencia y significado.