Artículo 15. Inspección.
Artículo 15 de la Ley 5/1999, de 30 de marzo, de fomento del libro y la lectura de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1999-12335
Atención: Ley 5/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La Consejería de Educación y Cultura, en el ámbito de sus competencias, realizará funciones inspectoras en materia de Depósito Legal.
2. Los funcionarios designados para las labores de inspección gozarán de la condición de autoridad en el ejercicio de tales funciones a todos los efectos.