Artículo 15. Convocatoria del pleno.
Artículo 15 de la Ley 5/1998, de 14 de mayo, de los Consejos Escolares de Aragón. · BOE-A-1998-13296
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-05-23.
Texto consolidado
1. El pleno del Consejo Escolar de Aragón deberá celebrar, al menos, tres sesiones durante el curso escolar, una por trimestre.
2. En todo caso, deberá ser convocado cuando tenga que emitir informe sobre asuntos que le sean sometidos a consulta y cuando lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros.