Artículo 15.
Artículo 15 de la Ley 5/1992, de 10 de junio, de creación del Instituto Gallego de Promoción Económica. · BOE-A-1992-22920
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-06-27.
Texto consolidado
El IGAPE elaborará anualmente un programa de actividades en el que figuren los objetivos anuales, las acciones económicas y de promoción, las inversiones previstas y su evaluación económica.
Este programa se inscribirá en otro trianual en el que se reflejen las directrices estratégicas del IGAPE.