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Ley Derogada

Artículo 15. Estructura del proyecto lingüístico de centro.

Artículo 15 de la Ley 4/2018, de 21 de febrero, por la que se regula y promueve el plurilingüismo en el sistema educativo valenciano. · BOE-A-2018-3441

Atención: Ley 4/2018 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El proyecto lingüístico de centro concretará y adecuará en el centro educativo el Programa de educación plurilingüe e intercultural mediante los siguientes elementos:

1. El plan de enseñanza y uso vehicular de las lenguas, que determina la organización y el tratamiento didáctico de la enseñanza y el uso vehicular de las lenguas, definiendo:

a) La proporción de uso vehicular en cada una de estas lenguas hasta completar el 100 % del tiempo curricular.

b) Los enfoques metodológicos que se tienen que priorizar en la enseñanza y el uso vehicular de las lenguas curriculares.

c) El momento, la secuencia y el enfoque en la introducción del tratamiento sistemático de la alfabetización inicial en cada una de las lenguas curriculares.

d) Las medidas de apoyo a la enseñanza y el uso vehicular de las lenguas tanto dentro del centro como en el entorno local y global.

e) El tratamiento de las personas recién llegadas y del alumnado vulnerable (alumnado procedente de entornos socioculturales deprimidos y alumnado con dificultades de adquisición y aprendizaje de las lenguas).

f) La modalidad de presencia de las lenguas y culturas no curriculares en la actividad educativa del centro.

g) Las medidas organizativas que garanticen, en la enseñanza y el uso vehicular de las lenguas, la coherencia en los diferentes niveles educativos y la continuidad entre etapas, respecto a los contenidos y a la metodología; la organización y agrupamiento óptimo del alumnado, y la creación de entornos de aprendizaje óptimos, utilizando estratégicamente la totalidad de los recursos que el centro tiene o puede conseguir; espacios y contextos, que el centro tiene y que puede utilizar para mejorar el tiempo de exposición a las lenguas en un ámbito no formal.

2. El plan de normalización lingüística del centro, que determina las medidas previstas para la promoción del uso del valenciano y que debe incluir los siguientes ámbitos de intervención:

a) Ámbito administrativo.

b) Ámbito de gestión y planificación pedagógica.

c) Ámbito social y de interrelación con el entorno.

3. La propuesta para evaluar la consecución de los objetivos concretos del proyecto, relacionar los resultados con los elementos del proyecto que hayan podido influir y aprovechar las conclusiones para introducir modificaciones y mejoras.

4. La propuesta de evaluación, que establece las medidas que adoptará el centro para evaluar la consecución de los objetivos del proyecto lingüístico de centro, para determinar las pertinentes modificaciones y mejoras.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-02-23.

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