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Ley Vigente

Artículo 15. Nombramiento y cese.

Artículo 15 de la Ley 4/2004, de 30 de noviembre, del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales. · BOE-A-2005-896

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-01-02.

Texto consolidado

1. El nombramiento y cese de quien haya de desempeñar la Dirección del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales, con rango asimilado a todos los efectos al de Dirección General de la Administración del Principado de Asturias, se efectuará libremente por decreto del Consejo de Gobierno a propuesta de quien sea titular de la Consejería de adscripción, en los términos previstos en la Ley del Principado 8/1991, de 30 de julio.

2. Quien sea titular de la Dirección del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales podrá ser sustituido, con carácter transitorio, en caso de vacante, ausencia o enfermedad grave, por la persona que designe quien sea titular de la Presidencia entre los vocales de la Junta Rectora designados en representación del Principado de Asturias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-01-02.

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