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Ley Derogada

Artículo 15.

Artículo 15 de la Ley 4/1994, de 8 de julio, de la Generalidad Valenciana, sobre Proteccion de los Animales de Compañía. · BOE-A-1994-18881

Atención: Ley 4/1994 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El propietario del animal rellenará, en el momento de la cesión, una ficha con el historial sanitario reciente de cada animal. Esta deberá ser recibida por el representante del centro.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1994-07-11.

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