Artículo 15. Estructura y ámbito de aplicación.
Artículo 15 de la Ley 3/2019, de 25 de febrero, de la Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León. · BOE-A-2019-4455
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-06-05.
Texto consolidado
1. El deporte en edad escolar podrá organizarse a través de los Juegos Escolares de Castilla y León y de los Campeonatos Autonómicos de Edad de Castilla y León.
2. Los Juegos Escolares de Castilla y León, desarrollados a través de entidades locales, centros educativos, clubes deportivos federados, secciones deportivas y asociaciones de madres y padres de alumnos, estarán conformados por actividades formativo-recreativas dirigidas a todos los escolares sin excepción, con el objeto de favorecer la difusión del deporte y la creación de hábitos de vida saludable.
3. Los Campeonatos Autonómicos de Edad de Castilla y León, desarrollados a través de clubes deportivos federados, secciones deportivas y federaciones deportivas autonómicas, estarán conformados por actividades de rendimiento deportivo dirigidas a aquellos deportistas que, por su especial aptitud o interés competitivo, se inicien en el perfeccionamiento y especialización de una o varias modalidades deportivas.