Artículo 15. Sanciones.
Artículo 15 de la Ley 3/2002, de 13 de junio, del libro. · BOE-A-2002-14188
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-06-20.
Texto consolidado
1. Las infracciones contempladas en la presente Ley darán lugar, en su caso, a la imposición de las siguientes sanciones:
a) Infracciones leves: Multa de hasta 1.200 euros.
b) Infracciones graves: Multa desde 1.200,01 hasta 24.000 euros.
2. La graduación de las sanciones atenderá al principio de proporcionalidad, considerándose especialmente la reiteración, naturaleza de los perjuicios causados y reincidencia.
3. El inicio de un procedimiento sancionador o la imposición de sanciones no exime de la obligación de constituir el Depósito Legal.