Artículo 15. Comisión Interdepartamental de Desarrollo Rural.
Artículo 15 de la Ley 3/2000, de 19 de junio, de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de La Rioja. · BOE-A-2000-13063
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-06-23.
Texto consolidado
1. Se crea la Comisión Interdepartamental de Desarrollo Rural de La Rioja como órgano colegiado superior de colaboración y coordinación interdepartamental de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de desarrollo rural.
2. Dependerá orgánicamente de la Presidencia del Gobierno y funcionalmente de la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de desarrollo rural.