Artículo 15. Instrucciones.
Artículo 15 de la Ley 2/2010, de 7 de junio, del Consejo Audiovisual de las Illes Balears. · BOE-A-2010-10602
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-06-20.
Texto consolidado
1. El Consejo Audiovisual, en el ámbito de sus competencias, puede elaborar instrucciones y recomendaciones dirigidas a los operadores audiovisuales en relación al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la legislación sobre comunicación audiovisual.
2. Estas instrucciones y recomendaciones se tienen que ajustar siempre a lo que determinen las leyes y los reglamentos.