Artículo 15. Multas coercitivas.
Artículo 15 de la Ley 2/2002, de 25 de abril, de Protección de la Calidad del Suministro Eléctrico en Extremadura. · BOE-A-2002-10908
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-06-03.
Texto consolidado
Desatendidos los requerimientos efectuados por la Administración a los sancionados para que reparen los daños causados, y a partir del día siguiente al vencimiento del plazo otorgado a tal efecto en la resolución sancionadora, el propio órgano sancionador podrá imponer a la empresa multas coercitivas en razón de cinco mil euros diarios y hasta que el daño causado sea completamente reparado.