Artículo 15. Políticas de turismo social inclusivo.
Artículo 15 de la Ley 15/2018, de 7 de junio, de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2018-8950
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-07-08.
Texto consolidado
1. La administración turística fomentará el desarrollo del turismo social para facilitar el acceso de toda la ciudadanía al ocio, a los viajes y a las vacaciones.
2. Especialmente, fomentarán y facilitarán el turismo de las familias, de la juventud y el estudiantado, de las personas mayores y de las personas con diversidad funcional.