El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada

Artículo 15. Actividad deportiva libre y espontánea.

Artículo 15 de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illes Balears. · BOE-A-2006-20771

Atención: Ley 14/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las administraciones deportivas de las Illes Balears, en el ámbito de sus respectivas competencias, y con la colaboración, en su caso, de otras entidades y organizaciones, públicas o privadas, facilitarán alternativas y medios para la práctica de la actividad física y deportiva no competitiva que, de forma libre y espontánea, lleven a cabo las personas físicas, individual o colectivamente, con el principal objetivo de promover hábitos saludables y conseguir una mayor calidad de vida.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-11-15.

Más artículos de Ley 14/2006

En El Vínculo puedes leer Ley 14/2006 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.