Artículo 15.
Artículo 15 de la Ley 14/1985, de 23 de octubre, reguladora de los Juegos y Apuestas en Galicia. · BOE-A-1986-6208
Atención: Ley 14/1985 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las personas que realicen su actividad en Empresas dedicadas a la gestión y a la explotación del juego en Galicia habrán de estar en posesión del correspondiente documento profesional.