Artículo 15. Base liquidable.
Artículo 15 de la Ley 12/2014, de 10 de octubre, del impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial, del impuesto sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria y del impuesto sobre la producción de energía eléctrica de origen nuclear. · BOE-A-2014-11991
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-11-01.
Texto consolidado
La base liquidable del impuesto sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria se obtiene de reducir la base imponible de cada tipo de contaminante en los siguientes importes:
a) Dióxido de azufre: 150 toneladas anuales.
b) Óxidos de nitrógeno: 100 toneladas anuales.
c) Partículas: 50 toneladas anuales.
d) Carbono orgánico total: 150 toneladas anuales.
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