Artículo 15. Información.
Artículo 15 de la Ley 12/2013, de 20 de diciembre, de Turismo de la Región de Murcia. · BOE-A-2014-750
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-13.
Texto consolidado
1. La información turística se regirá por los criterios de veracidad, homogeneidad y eficacia de la comunicación, adaptándose a los avances tecnológicos y a la demanda de los usuarios.
2. Sin perjuicio del principio de autonomía municipal, por la Administración regional se impulsarán los mecanismos necesarios para una actuación coordinada en materia de información turística.