Artículo 15. La formación especializada, la investigación e innovación en materia de cooperación internacional para el desarrollo.
Artículo 15 de la Ley 12/2007, de 27 de diciembre, de Cooperación Internacional para el Desarrollo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-2008-12588
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-02-23.
Texto consolidado
1. La formación especializada en cooperación internacional para el desarrollo consiste en la capacitación de las personas, que por su compromiso o profesión se dedican a la cooperación para el desarrollo, articulada preferentemente a través de las administraciones públicas o los agentes de cooperación.
2. La investigación en materia de cooperación para el desarrollo comprende el estudio de la realidad de los países en desarrollo, de las causas y soluciones de su situación, así como la producción de conocimientos en ese ámbito y el intercambio de éstos y de recursos humanos, con el fin de fortalecer y abrir nuevas vías para la cooperación.
3. La innovación en materia de cooperación para el desarrollo comprende la elaboración y aplicación de nuevas soluciones técnicas, bajo el criterio de la tecnología apropiada, entendiendo como tal la adecuada para resolver problemas concretos y específicos, planteados por las comunidades a las que se dirige la solución tecnológica.