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Ley Vigente

Artículo 15. Funcionamiento.

Artículo 15 de la Ley 10/2001, de 28 de diciembre, de Creación del Servicio Cántabro de Salud. · BOE-A-2002-1377

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-01-01.

Texto consolidado

1. El Consejo Asesor de Salud se reunirá, con carácter ordinario, dos veces al año. Con carácter extraordinario, se reunirá cuando así lo acuerde su Presidente, por decisión propia, o a petición de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

2. El Consejo podrá aprobar, por mayoría de dos tercios, su propio reglamento de organización y funcionamiento interno, el cual deberá respetar las disposiciones reguladoras de los órganos colegiados previstas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la Ley 2/1997, de 28 de abril, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como lo dispuesto en el presente Estatuto y en las demás disposiciones concordantes.

3. El Presidente del Consejo podrá invitar a participar en los trabajos del Consejo Asesor de Salud, en calidad de expertos, a cualquier persona de reconocida competencia en asuntos incluidos en el correspondiente orden del día, quienes únicamente participaran sin derecho a voto en las deliberaciones de la cuestión que haya motivado su presencia.

4. Los vocales del Consejo están obligados a guardar secreto respecto de las informaciones de que hayan tenido conocimiento por razón de su cargo, cuando el Presidente o miembro en quien delegue, les comunique que el informe solicitado o el asunto planteado se refiere a una materia de carácter confidencial.

5. En defecto de disposiciones específicas, el régimen de funcionamiento del Consejo Asesor de Salud se ajustará a las normas reguladoras de los órganos colegiados contenidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley de Cantabria 2/1997, de 28 de abril, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-01-01.

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