El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 15. La Comisión Permanente.

Artículo 15 de la Ley 10/2000, de 30 de noviembre, del Consejo Económico y Social de las Illes Balears. · BOE-A-2001-476

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-12-10.

Texto consolidado

1. La Comisión Permanente, bajo la dirección del Presidente y asistida por el Secretario general, tendrá las competencias que se determinen reglamentariamente y aquellas que le correspondan por delegación del Pleno.

2. La Comisión Permanente estará integrada por el Presidente y dos Vocales por cada uno de los grupos que componen el pleno, elegidos por mayoría simple por el Pleno, a propuesta de cada uno de los grupos respectivos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-12-10.

Más artículos de Ley 10/2000

En El Vínculo puedes leer Ley 10/2000 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.