Artículo 15. De su protección y tutela.
Artículo 15 de la Ley 1/2019, de 19 de febrero, de la Música de la Región de Murcia. · BOE-A-2019-7278
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-23.
Texto consolidado
Los bienes, actividades y entidades integrantes del patrimonio musical de la Región de Murcia de mayor relevancia y significación, gozarán de singular protección y tutela, por decreto del Gobierno de la Región de Murcia, según el procedimiento que reglamentariamente se determine. El decreto deberá describir claramente el bien, actividad y entidad, señalando todos los elementos y características que lo componen para su plena identificación y conocimiento de sus características esenciales.