Artículo 15.
Artículo 15 del Instrumento de Ratificación del Convenio para la Salvaguarda del Patrimonio Arquitectónico de Europa, hecho en Granada el 3 de octubre de 1985. · BOE-A-1989-15166
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-08-01.
Texto consolidado
Cada Parte se compromete a:
1. Sensibilizar al público sobre el valor de la conservación del patrimonio arquitectónico como elemento de identidad cultural, como fuente de inspiración y creatividad para las generaciones presentes y futuras.
2. Y a este objeto, promover políticas para divulgar información y fomentar una mayor sensibilización, especialmente mediante el empleo de técnicas modernas de comunicación y promoción, con la finalidad concreta de:
a) Despertar o incrementar el interés del público, ya desde la edad escolar, por la protección del patrimonio, la calidad de las construcciones y de las obras arquitectónicas.
b) Demostrar la unidad del patrimonio cultural y los vínculos que existen entre la arquitectura, las artes, las tradiciones populares y los modos de vida a nivel europeo, tanto nacional como regional.