Artículo 15.
Artículo 15 del Instrumento de Ratificación de 5 de julio de 1982 del Convenio sobre Seguridad Social entre España y el Reino de Marruecos, firmado en Madrid el 8 de noviembre de 1979. · BOE-A-1982-26519
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-10-01.
Texto consolidado
Los miembros de la familia de un trabajador que residan en el territorio de la Parte Contratante distinta a aquella donde el trabajador ejerce su actividad tendrán derecho a las prestaciones de asistencia sanitaria por enfermedad-maternidad a cargo de la Institución del país de empleo. Dichas prestaciones serán servidas por la Institución del lugar de residencia de los familiares, de conformidad con la legislación que aplique dicha Institución en lo que se refiere a la extensión y modalidades del servicio de las prestaciones.