Artículo 15. Participaciones de consejeros.
Artículo 15 del Convenio entre el Reino de España y la República de Singapur para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y su Protocolo, hecho en Singapur el 13 de abril de 2011. · BOE-A-2012-404
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-02-02.
Texto consolidado
Las participaciones y otras retribuciones similares que un residente de un Estado contratante obtenga como miembro de un consejo de administración de una sociedad residente del otro Estado contratante pueden someterse a imposición en ese otro Estado.
Más artículos de BOE-A-2012-404
- ← Artículo 14. Rentas del trabajo.
- → Artículo 16. Artistas y deportistas.
- Ver la norma completa: Convenio entre el Reino de España y la República de Singapur para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y su Protocolo, hecho en Singapur el 13 de abril de 2011.