Artículo 149. Destino del importe de las sanciones.
Artículo 149 de la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de servicios sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2019-3489
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-21.
Texto consolidado
La administración de la Generalitat destinará los ingresos derivados de la imposición de las sanciones establecidas en la presente ley a la mejora de la calidad y a la cobertura del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.