Artículo 148. Investigación de la propiedad.
Artículo 148 de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura. · BOE-A-2015-4102
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-26.
Texto consolidado
1. Con el fin de que la Administración autonómica lleve a cabo los trabajos e investigaciones necesarias para determinar la situación jurídica del dominio de las parcelas comprendidas en el perímetro de la zona a concentrar, los participantes en la concentración parcelaria estarán obligados a presentar, si existieran, los títulos escritos en que se funde su derecho y a declarar, en todo caso, los gravámenes o situaciones dominicales que conozcan y afecten a sus fincas o derechos.
2. En el desarrollo de los trabajos a que se refiere el apartado anterior, se requerirá a los participantes para que presenten los documentos correspondientes y formulen las oportunas declaraciones.