Artículo 148. Modificación del artículo 102 de la Ley 5/1998.
Artículo 148 de la Ley 10/2011, de 29 de diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa. · BOE-A-2012-547
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-12-31.
Texto consolidado
Se añade una letra, la k, al artículo 102.3 de la Ley 5/1998, con el siguiente texto:
«k) La realización de las actividades a las que se refiere el artículo 77.6 sin haberlo comunicado previamente a la Administración portuaria.»