Artículo 147. Evaluación general del sistema educativo.
Artículo 147 de la Ley 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación de Cantabria. · BOE-A-2009-1174
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-02-13.
Texto consolidado
1. La Consejería de Educación participará en la elaboración de planes plurianuales de evaluación general del sistema educativo. Previamente a su realización, se harán públicos los criterios y procedimientos de evaluación.
2. La Consejería de Educación colaborará en la coordinación de la participación del Estado español en las evaluaciones internacionales.
3. La Consejería de Educación participará en la elaboración del Sistema Estatal de Indicadores de la Educación, facilitando al Ministerio de Educación y Ciencia los datos necesarios para ello. Dicho Sistema Estatal de Indicadores contribuirá al conocimiento del sistema educativo y a orientar la toma de decisiones de las instituciones educativas y de todos los sectores implicados en la educación.