Artículo 146. Infracciones en ganadería.
Artículo 146 de la Ley 6/2003, de 4 de marzo, de ganadería de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2003-6806
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-27.
Texto consolidado
Constituyen infracciones en materia de ganadería las acciones u omisiones que vulneren lo establecido en la presente ley, de acuerdo con lo dispuesto en este título, sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal o de otro orden que, en su caso, pudiera exigirse.