Artículo 146. Estrategia de Infraestructura Verde y de la Conectividad y Restauración Ecológicas.
Artículo 146 de la Ley 2/2023, de 31 de enero, de biodiversidad y patrimonio natural de La Rioja. · BOE-A-2023-4327
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-02-28.
Texto consolidado
1. Para garantizar la conectividad ecológica y la restauración del territorio riojano y español, la consejería competente en materia de medioambiente, con la colaboración de otras consejerías y Administraciones implicadas, elaborará, en los términos indicados en el artículo 15 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, una Estrategia de Infraestructura Verde y de la Conectividad y Restauración Ecológicas de La Rioja.
2. La Estrategia de Infraestructura Verde y de la Conectividad y Restauración Ecológicas de La Rioja podrá formar parte de la Estrategia de Patrimonio Natural y Biodiversidad de La Rioja como sección de esta.