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Real Decreto Vigente

Artículo 145. Gestión de la ayuda mediante entidades colaboradoras.

Artículo 145 del Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030. · BOE-A-2026-8872

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-04-24.

Texto consolidado

En el caso de adquisición de la vivienda si existiera una entidad colaboradora que actúe como vendedora, podrá acordarse en la convocatoria de la comunidad autónoma o ciudad de Ceuta o Melilla que dicha entidad gestione directamente la recepción de la ayuda, siempre por cuenta de la persona beneficiaria, para su directa aplicación al precio de venta mediante el correspondiente descuento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-04-24.

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