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Real Decreto Vigente

Artículo 144. Acreditación del personal supervisor.

Artículo 144 del Real Decreto 929/2020, de 27 de octubre, sobre seguridad operacional e interoperabilidad ferroviarias. · BOE-A-2020-13115

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-10-31.

Texto consolidado

1. El personal que desarrolle funciones de supervisión estará obligado a identificarse cuando actúe ante terceros mediante la correspondiente acreditación expedida por la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, conforme a un modelo publicado mediante resolución del Director de la Agencia.

2. Las acreditaciones deberán acompañarse de la correspondiente orden de actuación.

3. Deberá notificarse a la entidad supervisada cualquier cambio en la composición del equipo supervisor designado en la correspondiente orden de actuación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-10-31.

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