Artículo 144. Supuestos de aplicación del procedimiento para imposición de sanción de multa.
Artículo 144 del Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. · BOE-A-2005-323
Atención: Real Decreto 2393/2004 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las normas procedimentales recogidas en esta sección serán de aplicación cuando el infractor, cualquiera que sea su nacionalidad, realice alguna de las conductas tipificadas como graves o muy graves de las previstas en los artículos 53 y 54 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sin perjuicio de los supuestos en que se pueda imponer la expulsión según lo dispuesto en este título.
En el supuesto de comisión de conductas tipificadas como leves, se aplicará lo dispuesto para el procedimiento simplificado.
Para la determinación de la cuantía de la sanción se tendrá especialmente en cuenta la capacidad económica del infractor.
Más artículos de Real Decreto 2393/2004
- ← Artículo 143. Comunicaciones en el procedimiento de expulsión.
- → Artículo 145. Contenido del acuerdo de iniciación del procedimiento para imposición de sanción de multa.
- Ver la norma completa: Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.