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Ley Orgánica Vigente

Artículo 144

Artículo 144 de la Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar. · BOE-A-1987-16791

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-05-01.

Texto consolidado

La sanción de advertencia podrá imponerse, previa audiencia del interesado. Para la imposición de las restantes, será preceptiva la instrucción de expediente contradictorio, con audiencia del interesado.

La incoación del expediente contradictorio será competencia de la Autoridad sancionadora que determina el artículo 143.

En el expediente contradictorio se tendrá en cuenta lo dispuesto en el artículo 142, en cuanto le sea aplicable.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1988-05-01.

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