Artículo 144. Información en las obras.
Artículo 144 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo. · BOE-A-2014-6438
Atención: Ley 2/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Es obligatoria la exhibición en el sitio de la obra de un cartel informativo del título habilitante de la actuación, la identificación de la persona promotor y cualquier otro dato que se fije de forma reglamentaria o en el plan general.
Si el acto no está sujeto a licencia, debe exhibirse una copia de la comunicación previa.
La información contenida en el cartel informativo o de la copia de la comunicación previa se debe poder leer claramente durante el tiempo que dure la ejecución de la actuación.