Artículo 144. Documentos de los Estudios de Detalle.
Artículo 144 de la Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia. · BOE-A-2015-4790
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-05-06.
Texto consolidado
1. Los Estudios de Detalle contendrán los siguientes documentos:
a) Memoria justificativa de la conveniencia de las soluciones adoptadas.
b) Planos a escala adecuada que expresen las determinaciones que se completan, adaptan o reajustan, con referencias precisas a la nueva ordenación y su relación con la anteriormente existente.
2. Cuando la finalidad del Estudio de Detalle sea la reordenación de volúmenes, deberá analizar su influencia sobre el entorno afectado.