El Vínculo El Vínculo.
Decreto Legislativo Derogada

Artículo 144. Aportaciones no dinerarias.

Artículo 144 del Decreto Legislativo 4/2013, de 17 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón. · BOA-d-2013-90260

Atención: Decreto Legislativo 4/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En el caso de aportaciones no dinerarias efectuadas por la Administración de la Comunidad Autónoma o sus organismos públicos a las sociedades mercantiles autonómicas, no será necesario el informe de expertos independientes previsto en el artículo 67 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, que será sustituido por la tasación pericial prevista en el artículo 17 de esta ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-01-01.

Más artículos de Decreto Legislativo 4/2013

En El Vínculo puedes leer Decreto Legislativo 4/2013 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.