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Real Decreto Vigente

Artículo 143. Uso de artificios pirotécnicos no puestos en el mercado.

Artículo 143 del Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería. · BOE-A-2010-7333

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-05-09.

Texto consolidado

Los artículos pirotécnicos no puestos en el mercado deberán ser manipulados y usados de acuerdo a lo dispuesto en la Instrucción técnica complementaria número 18.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-05-09.

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