Artículo 143. Competencias.
Artículo 143 del Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. · BOE-A-2026-5715
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-03-13.
Texto consolidado
La persona titular de la Dirección de departamento tendrá las siguientes competencias:
a) Dirigir, coordinar y supervisar las actividades del Departamento, sus relaciones institucionales y sus relaciones con los centros asociados y centros UNED en el exterior.
b) Ejercer la representación del Departamento.
c) Convocar y presidir las sesiones del Consejo de Departamento.
d) Proponer el nombramiento de la persona titular de la Secretaría del departamento, así como de la Subdirección del mismo, en caso de que esta figura esté prevista por su reglamento de régimen interior.
e) Velar por el cumplimiento de los acuerdos adoptados por el Consejo de Departamento.
f) Presentar al Consejo de Departamento la memoria anual, así como las propuestas, proyectos e informes que hayan de ser sometidos a su aprobación.
g) Exigir el cumplimiento de las funciones y tareas que competen a cada uno de los miembros del departamento.
h) Cualquier otra que le asigne la normativa general y la propia de la Universidad.