Artículo 143. Consideración del Instituto Catalán de la Salud como administración pública al efecto de la prevención de riesgos laborales.
Artículo 143 de la Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público. · BOE-A-2014-2999
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-31.
Texto consolidado
En materia de prevención de riesgos laborales, el Instituto Catalán de la Salud tiene la consideración de administración pública y queda sujeto a lo dispuesto en la normativa reguladora del procedimiento administrativo especial para la imposición de medidas correctoras de incumplimientos en materia de prevención de riesgos laborales en el ámbito de la Administración de la Generalidad.
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