Artículo 143. Supuestos de disolución.
Artículo 143 de la Ley 11/2019, de 20 de diciembre, de Cooperativas de Euskadi. · BOE-A-2020-615
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-01-29.
Texto consolidado
1. Será causa de disolución de la sociedad cooperativa pequeña, además de las previstas en el artículo 91 de la presente ley, la reducción del número de socias y socios por debajo del mínimo legalmente necesario para constituir la sociedad cooperativa pequeña, si se mantiene durante un año de forma continuada.
2. Asimismo, será causa de disolución de la sociedad cooperativa pequeña la paralización o inactividad de los órganos sociales o la interrupción, sin causa justificada, de la actividad cooperativa si se mantiene, en ambos casos, durante un año de forma continuada.